Por Acta N°25, Resolución N°27 del 21 de abril de 2005, se establece el nuevo perfil de la Secretaría de Capacitación y Perfeccionamiento Docente:
"1) Establecer que la Secretaría de Capacitación y Perfeccionamiento Docente se incorpore a la órbita de la Dirección de Formación y Perfeccionamiento Docente.
Mantener en la órbita de la Secretaría de Capacitación y Perfeccionamiento Docente las funciones comprendidas en los siguientes literales (del paratado "D" de la Resolución N°14 del Acta Extraordinaria N°1 del 21 de febrero de 2001) con las modificaciones que en este acto se establecen a saber:
a. Establecer e implementar planes de capacitación y perfecionamiento docente de acuerdo a las directivas del Consejo Directivo Central.
b. Asesorar en las materias específicas de formación y capacitación o en aquellas que el Consejo Directivo central entienda del caso requerir su pronunciamiento.
c. Elaborar propuestas de capacitación del personal docente en coordinación con los Consejos desconcentrados y la Dirección de Formación y Perfeccionamiento Docente.
d. Impulsar la formación superior de Directores e Inspectores
e. Atender la formación superior especializada de los docentes de ANEP.
f. Evaluar sistemáticamente e integralmente la actividad de capacitación que se realice, proponiendo las adecuaciones que estime pertinentes.
g. Brindar asesoramiento académico para una adecuada capacitación permanente de los formadores.
h. Disponer que el centro de Capacitación y  Perfeccionamiento Docente "Juan E. Pivel Devoto" continuará bajo la órbita de la Secretaría de Capacitación y Perfeccionamiento Docente, tal como se dispuso por Resolución N°6 del Acta N°25 del 6 de junio de 1996."
Por Acta N°30, Resolución N°25 del 10 de mayo de 2005, se denomina a la Secretaría de Capacitación y Perfeccionamiento Docente, como Área de perfeccionamiento Docente y Estudios Superiores y se amplían sus funciones que son a saber:
"1. La implementación de las acciones preparatorias para los Estudios de Postgrados, las que podrán establecerse desde este año por dicha Área, de acuerdo con la Dirección de Formación y Perfeccionamiento Docente (Director Ejecutivo y Subdirecciones).
2. Implementar los Estudios de Postgrado, una vez estos sean aprobados por elConsejo Directivo Central de la ANEP."